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La Cámara de Diputados aprobó el acuerdo de la Conferencia para la Programación de los Trabajos Legislativos que establece el procedimiento que se llevará a cabo para el análisis, discusión y, en su caso, aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.
Dicho acuerdo señala que la Cámara de Diputados, a través de la Mesa Directiva, recibirá el Plan Nacional de Desarrollo que remita el Ejecutivo Federal. Se entregará a la presidencia de la Cámara de Diputados  y èsta informará al Pleno de la recepción del Plan Nacional.

Después, se publicará en la Gaceta Parlamentaria y turnará a las comisiones ordinarias establecidas en la Ley Orgánica del Congreso para que, en 30 días naturales, realicen el análisis y estudio correspondiente y emitan una opinión no vinculante, que remitirán a la Presidencia de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Las comisiones, en el resolutivo de su opinión, deberán determinar conforme a su materia y en términos del artículo 21 de la Ley de Planeación, si el Proyecto del Plan Nacional cumple o no con los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política.