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La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) presentó iniciativa de reforma a la Ley de Instituciones de Crédito para que el bloqueo de cuentas bancarias se realicen solo con orden judicial, pero cuando exista evidencia de vinculación con lavado de dinero y delincuencia organizada.

Explicó que se considerarán indicios objetivos, los reportes de operaciones inusuales reiteradas o relevantes emitidas por los bancos nacionales o internacionales, inconsistencias significativas entre los ingresos declarados y las operaciones financieras detectadas.

Asimismo, las transferencias, operaciones o movimientos vinculados con jurisdicciones de riesgo o no cooperantes, conforme a estándares internacionales, la vinculación directa o indirecta con personas incluidas en listas nacionales o internacionales de restricción o sanción; siempre que dicha vinculación implique el flujo o gestión de recursos objeto de la sospecha.

Se especifica que quienes hayan sido incluidos en la lista de personas bloqueadas podrán solicitar una audiencia ante la Unidad de Inteligencia Financiera, en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al que se le hubieran notificado los fundamentos, causa o causas de su inclusión en la lista de personas bloqueadas, misma que tendrá que ser atendida dentro del plazo de treinta días hábiles.