El Congreso de la CDMX impulsa una ley para que los conductores en estado de ebriedad que provoquen la muerte de una persona en un accidente de tránsito, además de pagar una indemnización, paguen una pensión mensual a los hijos, menores de edad, de sus víctimas.
Actualmente, la ley contempla la reparación del daño, pero se limita a una indemnización única, la cual resulta insuficiente para cubrir las necesidades de largo plazo de niñas, niños y adolescentes que dependían económicamente de la víctima.
La iniciativa plantea adicionar al Código Penal para la Ciudad de México, en el que se establece que un juez determinará un monto de pensión tomando en cuenta los ingresos de la víctima y las necesidades de las personas beneficiarias.
Explicó que cuando la víctima contaba con un empleo o ingreso formal, la pensión se calculará con base en el salario que percibía, considerando el nivel de vida que sostenía para su familia.
En tanto, para los casos en los que la víctima no tenía un empleo remunerado, el cálculo se realizará considerando los gastos asociados a las labores de cuidado, alimentación, atención y acompañamiento que la persona aportaba dentro del núcleo familiar.
Las labores del hogar también generan valor y sostienen a las familias, por eso deben ser reconocidas al momento de fijar la reparación del daño”, afirmó.
¿Hasta qué edad aplicaría la pensión?
La propuesta establece que la pensión podrá extenderse hasta que las hijas, hijos o dependientes económicos alcancen la mayoría de edad o las condiciones que la autoridad judicial considere pertinentes en caso de que las víctimas sigan estudiando.