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La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Kenia López Rabadán, informó que se recibió del Senado de la República la minuta con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 115, 116 y se adiciona un párrafo al artículo 134 de la Constitución Política.
El dictamen indica que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular e integrado por un presidente municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías, conforme a los principios de paridad de género, perspectiva de género e igualdad sustantiva.

Las constituciones estatales deberán establecer que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda del cero punto setenta por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente. 

Asimismo, el dictamen turnado a comisiones prohíbe la reelección de las personas diputadas a las legislaturas de los estados para el periodo inmediato posterior a su ejercicio de su mandato.

Las remuneraciones de las personas consejeras electorales, las magistradas y magistrados electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas, no excederán el límite establecido en el artículo 127 de esta Constitución.

Añade que no podrán adquirir o contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.