La Secretaría de Hacienda y el Banco de México formalizaron el contrato constitutivo del Fideicomiso “Fondo de Pensiones para el Bienestar” el pasado 13 de junio y este miércoles se celebró su primera sesión como órgano colegiado en el que se aprobaron sus reglas de operación –que regulan cómo entrarán recursos desde otros entes de la administración pública–, así como su régimen de inversión.
Este último tiene como objetivos centrales: cubrir las necesidades de liquidez requeridas para dar cumplimiento a los fines del Fondo; procurar la preservación de capital del patrimonio en términos reales; y generar rendimientos, en la medida de lo posible, que contribuyan a incrementar su patrimonio. Cada trimestre se publicará un informe de actividades en www.fpbienestar.org.mx.
Las reglas de operación dan el marco para la recepción, administración, inversión, y entregas de recursos que realice el fideicomiso al IMSS, ISSSTE e INFONAVIT, al tiempo que norman el funcionamiento del Comité Técnico, regulan lo correspondiente al cumplimiento de las obligaciones transparencia, entre otros aspectos.
De acuerdo con lo consignado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Comité Técnico del “Fondo de Pensiones para el Bienestar” –que preside el secretario Rogelio Ramírez de la O– “tomó conocimiento de la metodología del cálculo de las reservas para asegurar las devoluciones a titulares de cuentas inactivas que las soliciten, presentada por los mencionados institutos para cumplir con su obligación de garantizar la imprescriptibilidad de derechos de las personas trabajadoras sobre sus recursos”.
En mayo se publicó la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que garantiza a las personas trabajadoras que alcancen los 65 años de edad, hayan iniciado a cotizar a partir de 1997,y cuya pensión sea igual o menor a 16 mil 777.68 pesos, un complemento para alcanzar ese monto.