Diputados del PAN proponen que los policías utilicen cámaras corporales cuando realicen funciones de prevención, investigación, proximidad social, tránsito, reacción, vigilancia, custodia o cualquier otra actuación policial que implique interacción directa con la población.
En la iniciativa precisan que el uso de cámaras corporales fortalecerá la transparencia, la legalidad de su actuación, proteger los derechos humanos, la confianza ciudadana y la obtención de elementos de prueba para los procedimientos que correspondan
Las instituciones policiales deberán dotar garantizar su adecuado funcionamiento, resguardo y reposición, conforme a la disponibilidad presupuestaria y a los lineamientos emitidos por el Secretariado Ejecutivo.
“Las grabaciones obtenidas tendrán el carácter de información de seguridad pública y deberán ser resguardadas, almacenadas, conservadas y, en su caso, puestas a disposición de las autoridades competentes, conforme a las disposiciones aplicables en la seguridad pública”.Corresponde a la persona titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública emitir los lineamientos técnicos y operativos para el uso de cámaras corporales por las instituciones policiales, así como los estándares mínimos de interoperabilidad, integridad, conservación, ciberseguridad y protección de datos personales aplicables a las grabaciones generadas mediante dichos dispositivos.
Define a la cámara corporal como el dispositivo electrónico portátil de audio y video asignado a las personas integrantes de las instituciones policiales para registrar, documentar y respaldar el desarrollo de sus funciones operativas, conforme a los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, transparencia, rendición de cuentas y respeto a los derechos humanos.