Seleccionar página

El diputado Héctor Saúl Téllez (PAN) afirmó que las reformas a las leyes de Amnistía y de Amparo eliminan derechos adquiridos, vulneran a las víctimas y facultades del Congreso de la Unión. Por ello, aseveró, su grupo parlamentario interpuso dos acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

«No hay fecha y plazo que no se cumplan. En uso de las facultades que nos confiere la Constitución, el Grupo Parlamentario del PAN presentó dos acciones de inconstitucionalidad; la primera contra las reformas de la Ley de Amnistía y la segunda respecto a la Ley de Amparo, ambas aprobadas por la mayoría de Morena y sus aliados en las Cámaras de Diputados y Senadores», explicó en un comunicado.

En lo que respecta a la Ley de Amnistía, la reforma eliminó supuestos para que la Cámara de Diputados definiera si por algún error en el proceso, por enfermedad o por alguna causa específica se otorgara el perdón y determinara la libertad adelantada de una persona convicta; ahora esa facultad de le otorga al presidente de la República.

«Con esta reforma se le dan todas las facultades de manera exclusiva y preponderante, omnipotente al Presidente, quien será ahora la única persona que decida quién sale de la cárcel sin importar el tipo de acto criminal que lo llevó a prisión; eso es completamente regresivo y en contra de los derechos fundamentales de las víctimas al acceso a justicia», expresó. 

Por ello, dijo, se presentó la acción de inconstitucionalidad para proteger los derechos de las víctimas en el caso de la Ley de Amnistía, y sobre todo proteger la facultad del Congreso de la Unión en materia de indulto, por eso acudimos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por lo que toca a la Ley de Amparo, Téllez Hernández indicó que la reforma aprobada por Morena y sus aliados políticos en ambas Cámaras del Congreso de la Unión reduce a su mínima expresión una de las figuras importantes del derecho mexicano, que incluso ha sido una figura jurídica de exportación al mundo.

Explicó que una de las grandes características del amparo mexicano es otorgar la suspensión con efectos generales para cualquier persona que se encontrara en una misma situación.

Es decir, si una sola persona accedía al amparo al verse vulnerado sus derechos humanos por un acto de autoridad, éste aplicaba con fines generales a todas las personas que se encontraran en el mismo supuesto. 

Ahora, la reforma legal que se está impugnando ante la SCJN obliga a que los amparos se promuevan y otorguen de manera individual, lo que reduce los alcances legales de esta importante figura del derecho mexicano.

«Creemos que hay elementos suficientes y no podemos permitir que se reduzcan los efectos y coberturas que nos da específicamente una figura tan importante del derecho mexicano como es el amparo.

«Creemos que los efectos generales deben permanecer en circunstancias similares, no podemos hacer distinción en la protección de los derechos humanos de todos los mexicanos», concluyó.