Ciudad de México. Por una votación de tres contra dos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que ampliaba las restricciones originalmente aplicables a foros de debate, extendiéndolas a otros tipos de actos durante la campaña para la elección judicial.
A menos de dos semanas del cierre del periodo de campañas, el INE deberá redactar en un plazo de 24 horas nuevos lineamientos que regulen de forma más flexible los “encuentros y mesas de diálogo”, los cuales hasta ahora estaban sujetos a reglas similares a las de los foros, como la participación equitativa de candidaturas.
Como consecuencia inmediata, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE se vio imposibilitada este viernes para resolver cinco proyectos de medidas cautelares. La presidenta de dicha comisión, Rita Bell López Vences, explicó que los asuntos deberán analizarse nuevamente conforme a los nuevos criterios del TEPJF. Agregó que actualmente no existen elementos jurídicos suficientes para su análisis, y que los enlaces electrónicos denunciados ya no están disponibles, por lo que podrían tratarse de actos consumados.
Sus colegas, los consejeros Arturo Castillo y Claudia Zavala, coincidieron en que la decisión del TEPJF deja un vacío regulatorio que impide equiparar adecuadamente las actividades de campaña de las personas candidatas. Hasta la tarde del viernes, no había convocatoria para una sesión del Consejo General que pudiera atender este asunto.
La resolución fue aprobada el miércoles por los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, quienes integran el bloque mayoritario del TEPJF. En contra votaron Janine Otálora y Reyes Rodríguez. Otálora sostuvo que las restricciones del INE no vulneraban los derechos de las candidaturas, ya que aún pueden posicionarse mediante entrevistas y foros ofrecidos en condiciones de equidad. También consideró adecuada la regla de participación mínima del 50% de las candidaturas en este tipo de eventos.
Sin embargo, los magistrados que integran el bloque mayoritario señalaron que el INE erró al aplicar esta regla a encuentros y mesas de diálogo, al tratarse de actos distintos a los foros de debate y financiados con recursos privados. A su juicio, estos deben contar con requisitos más flexibles, acordes a su naturaleza y objetivos.
Permiten difusión de actos de Lenia Batres
En otro tema, el TEPJF también revocó un acuerdo de la Comisión de Quejas del INE que ordenaba el retiro de publicaciones en Facebook de la ministra Lenia Batres, quien busca ser ratificada en su cargo mediante votación popular. La queja fue presentada por Martín Ramírez Ramírez, quien argumentó que dichas publicaciones constituían actos proselitistas y violaban principios de equidad e imparcialidad.
Pese a la revocación de las medidas cautelares, el procedimiento sancionador sobre este caso continúa en curso. La decisión fue apoyada por los magistrados Soto, De la Mata y Fuentes, mientras que Otálora y Rodríguez Mondragón votaron en contra.