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El Senado de la República aprobó aumentar hasta en una mitad las penas, cuando el delito de violencia familiar se cometa en contra de una mujer embarazada, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad.

El dictamen, que reforma el Código Penal Federal y que fue enviado al Ejecutivo Federal, establece que no es admisible, en ninguna circunstancia, que se violente a los sectores más vulnerables de la población.

Toda autoridad, cualquiera que sea su ámbito de competencia u orden de gobierno, tiene el deber de cuidar, proteger, asegurar y salvaguardar la integridad y desarrollo de las mujeres embarazadas, los adultos mayores y las personas con discapacidad.

Indicaron que es necesario que el sistema penal acusatorio atienda el efectivo acceso a la justicia de las personas de dichos sectores, para que cualquier conducta antijurídica sea sancionada con el mayor rigor de la ley.

Por ello, es que establecieron que se aumenten hasta en una mitad las penas, en su mínimo y en su máximo, a quien cometa violencia familiar en contra de una mujer embarazada, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad.

Posteriormente, la Asamblea aprobó, con 66 votos, un dictamen que busca aumentar las penas, hasta en una mitad, para quienes abusen de una persona menor de 15 años, o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho y por el uso de violencia.

La reforma al artículo 261 del Código Penal Federal, que fue enviada al Ejecutivo Federal, va encaminada a proteger y garantizar los derechos de las personas menores de edad, al mismo tiempo que busca atender el interés superior de la niñez.