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El Diario Oficial de la Federación publicó el decreto que reforma la Ley General de Salud en materia de salud mental y adicciones. Se establece que la salud mental y la prevención de las adicciones será prioritaria dentro de las políticas de salud y deberá garantizarse su atención conforme a lo establecido en la Constitución Política.

La atención será sin distingo por origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, salud o jurídica, religión, apariencia física, o características genéticas, entre otros aspectos.

Del mismo modo, se determinó que, para recibir atención que procure un mayor disfrute de la salud mental, el consentimiento será informado, que se entenderá como la conformidad expresa de una persona manifestada por escrito, para la realización de un diagnóstico o tratamiento de salud.

Todos los prestadores de servicios de salud, públicos o privados, están obligados a comunicar a la persona, de manera accesible, oportuna y en lenguaje comprensible, la información veraz y completa, incluyendo los objetivos, los posibles beneficios y riesgos esperados, y las alternativas de tratamiento, para asegurar que los servicios se proporcionen sobre la base del consentimiento libre e informado.

Del mismo modo, una vez garantizada la comprensión de la información a través de los medios y apoyos necesarios, la población usuaria de los servicios de salud tiene el derecho de aceptarlos o rechazarlos.