Seleccionar página

El programa piloto para Trabajadoras y Trabajadoras del Hogar del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrecerá los mismos beneficios que tiene cualquier otro trabajador registrado para la atención de enfermedades, así como poder contar con un ahorro para el retiro o el pago de incapacidades, afirmó Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del IMSS.

En entrevista con David Páramo en Análisis Superior, la funcionaria recordó que el programa que estará vigente a partir del lunes uno de abril, y fue aprobado por el Consejo Técnico del instituto, surge de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para dotar a este sector de salud y otros beneficios.

Vamos a dar salud, riesgos de trabajo, van a estar cubiertos, incapacidades, la posibilidad de ahorro para una pensión, el servicio de velatorios y también guarderías. Y otro tema muy importante que hace que igualemos a las trabajadoras y trabajadores del hogar con otros sectores, no le vamos a poner restricciones para este acceso. No vamos a ver el tema de preexistencias ni de tiempos de espera para la atención de ciertas enfermedades”, agregó.

López Castañeda explicó que el proceso de incorporación contempla la generación del Número de Seguridad Social (NSS) de cada trabajadora y trabajador del hogar con lo que se individualiza su cuenta, una solicitud de registro al esquema piloto con datos como son sueldo mensual, si tiene uno o más empleadores, el pago mensual de una cuota mediante un cálculo tripartita, y que concluye el aseguramiento del trabajador en su clínica.

Vamos a suponer que un trabajador del hogar gana 5 mil pesos al mes, pone en la fórmula, el importe total, se va arrojar la cuota social, y el propio sistema va a desagregar cuánto le correspondería a cada sujeto, incluso si tiene varios patrones, se saca a proporción en función de los días que trabaja con cada patrón, para que ellos tengan claro cuánto les corresponde de la cuota”, abundó.

Agregó que el registro que el trabajador o la trabajadora del hogar obtenga ante el IMSS lo incluirá a él y a su grupo familiar, “sean hijos o padres que dependan económicamente de ellos”, así como su esposa, esposo o cónyuge.