Ciudad de México.- El senador Ricardo Monreal Ávila presentará, en la próxima sesión de la
Comisión Permanente, una reforma que incorpora en el marco legal nacional
elementos que permitan que actos de terrorismo en contra de mexicanos, como el
ocurrido recientemente en el Paso, Texas, puedan ser sancionados en nuestro
país conforme a los instrumentos jurídicos internacionales.
La iniciativa busca dar al gobierno de México las
herramientas legislativas adecuadas para que el efecto punible de actos de
terrorismo, motivados por el odio en contra de la comunidad de origen mexicano,
no quede sujeto solamente a la voluntad de los Estados en donde tenga lugar el
crimen, sino que se pueda solicitar la aplicación de nuestra legislación en
esos casos.
El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena explicó
que existe una insuficiencia en la legislación nacional vigente que impide que
estos crímenes sean juzgados en México. Actualmente el Código Penal Federal no
contempla dentro del tipo penal el terrorismo -ni siquiera como agravante- las
motivaciones ideológicas de orden político, racial, religioso, social, odio,
discriminación o de supremacía.
Ello, dijo, a pesar de que el grueso de los episodios de
violencia terrorista cometidos contra nuestros connacionales sucede bajo
doctrinas basadas en esos prejuicios.
Señaló que dicha omisión genera diferencias jurídicas
entre México y los países donde se han cometido este tipo de actos, lo que
conlleva a que la aplicación de la norma hacia el exterior sea muy compleja o
no sea posible.
Indicó que existe la competencia de los tribunales
federales para juzgar conductas cometidas en el extranjero en contra de
mexicanos; sin embargo, México encuentra grandes dificultades para solicitar la
extradición de un criminal extranjero para ser juzgado bajo la figura de
terrorismo, debido a que se carece de la tipificación adecuada en las leyes
nacionales.
Precisó que el artículo 4 del Código Penal Federal señala
que, para que un delito perpetrado por un extranjero en contra de un mexicano
pueda ser penado en la República, la infracción de que se le acuse debe tener
el carácter de delito tanto en el país en que se ejecutó como en México.
Mencionó que ello no sucede así, toda vez que los
elementos del tipo penal no alcanzan a prever determinadas conductas
identificadas como motivos para atentar en contra de la vida de nuestros
connacionales.
Ante esta situación, consideró imprescindible incorporar
en el tipo penal mexicano estos elementos, y así, dar pauta a que actos como el
ocurrido recientemente en el Paso, Texas, puedan ser sancionados en nuestro
país conforme a los instrumentos jurídicos internacionales.
En este sentido, el legislador propuso actualizar el tipo
penal de terrorismo, incluyendo la motivación de orden político, racial,
religioso, social, odio, discriminación o supremacía, así como aumentar la pena
mínima en prisión de 15 a 20 años y la máxima de 40 a 45 años.