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Ciudad de México.- El senador Ricardo Monreal Ávila presentará, en la próxima sesión de la Comisión Permanente, una reforma que incorpora en el marco legal nacional elementos que permitan que actos de terrorismo en contra de mexicanos, como el ocurrido recientemente en el Paso, Texas, puedan ser sancionados en nuestro país conforme a los instrumentos jurídicos internacionales.

La iniciativa busca dar al gobierno de México las herramientas legislativas adecuadas para que el efecto punible de actos de terrorismo, motivados por el odio en contra de la comunidad de origen mexicano, no quede sujeto solamente a la voluntad de los Estados en donde tenga lugar el crimen, sino que se pueda solicitar la aplicación de nuestra legislación en esos casos.

El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena explicó que existe una insuficiencia en la legislación nacional vigente que impide que estos crímenes sean juzgados en México. Actualmente el Código Penal Federal no contempla dentro del tipo penal el terrorismo -ni siquiera como agravante- las motivaciones ideológicas de orden político, racial, religioso, social, odio, discriminación o de supremacía.

Ello, dijo, a pesar de que el grueso de los episodios de violencia terrorista cometidos contra nuestros connacionales sucede bajo doctrinas basadas en esos prejuicios. 

Señaló que dicha omisión genera diferencias jurídicas entre México y los países donde se han cometido este tipo de actos, lo que conlleva a que la aplicación de la norma hacia el exterior sea muy compleja o no sea posible.

Indicó que existe la competencia de los tribunales federales para juzgar conductas cometidas en el extranjero en contra de mexicanos; sin embargo, México encuentra grandes dificultades para solicitar la extradición de un criminal extranjero para ser juzgado bajo la figura de terrorismo, debido a que se carece de la tipificación adecuada en las leyes nacionales. 

Precisó que el artículo 4 del Código Penal Federal señala que, para que un delito perpetrado por un extranjero en contra de un mexicano pueda ser penado en la República, la infracción de que se le acuse debe tener el carácter de delito tanto en el país en que se ejecutó como en México.

Mencionó que ello no sucede así, toda vez que los elementos del tipo penal no alcanzan a prever determinadas conductas identificadas como motivos para atentar en contra de la vida de nuestros connacionales.  

Ante esta situación, consideró imprescindible incorporar en el tipo penal mexicano estos elementos, y así, dar pauta a que actos como el ocurrido recientemente en el Paso, Texas, puedan ser sancionados en nuestro país conforme a los instrumentos jurídicos internacionales.

En este sentido, el legislador propuso actualizar el tipo penal de terrorismo, incluyendo la motivación de orden político, racial, religioso, social, odio, discriminación o supremacía, así como aumentar la pena mínima en prisión de 15 a 20 años y la máxima de 40 a 45 años.